Maldonado - Nuevo plazo para completar el formulario de Exoneración de Contribución Inmobiliaria orientado a Jubilados y pensionistas

La atención personalizada que brinda la IDM para que jubilados y pensionistas puedan completar este trámite web, se extenderá hasta el viernes 15 de noviembre tanto en los municipios del departamento como en el Edificio Comunal desde las 9.15 y hasta las 14.45 horas.

DEPARTAMENTALES 01/11/2024InfopaísInfopaís
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Sobre la Exoneración de Contribución Inmobiliaria - Única Propiedad - Jubilados y/o Pensionistas por vejez (sólo BPS)– Maldonado, se indica que habilita ampararse al Decreto Departamental 4036/2021 una vez verificadas estas condiciones:

Requisitos

  • Completar el formulario electrónico en tiempo y forma, adjuntando la información y documentos solicitados. Ingresar AQUÍ.
  • El inmueble urbano o suburbano debe constituir única propiedad, habitada en forma permanente por su dueño y familiares de primer grado.
  • En el padrón no debe existir ningún comercio instalado.

Otros datos de interés

  • Impuesto de Contribución Inmobiliaria hasta $ 3.903: Exonera 100 %
  • Impuesto de Contribución Inmobiliaria hasta $ 7.806: Exonera 50 %
  • El beneficio se deberá gestionar de manera anual.

Y en cuanto a la Exoneración de Contribución Inmobiliaria - Única Propiedad - Pensiones Varias (NO BPS) – Maldonado, es el que permite ampararse al Decreto Departamental 4036/2021 tomando en cuenta las siguientes condiciones:

Requisitos

  • Completar el formulario electrónico en tiempo y forma, adjuntando la información y documentos solicitados. Ingresar AQUÍ.
  • El inmueble urbano o suburbano debe constituir única propiedad, habitada en forma permanente por su dueño y familiares de primer grado.
  • En el padrón no debe existir ningún comercio instalado.
  • El ingreso del núcleo familiar no debe superar los 7 BPC ($ 43.239).

Otros datos de interés

  • Impuesto de Contribución Inmobiliaria hasta $ 3.903 - Exonera 100 %
  • Impuesto de Contribución Inmobiliaria hasta $ 7.806 - Exonera 50 %
  • El beneficio se deberá gestionar de manera anual.
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