Trinidad - Dos detenidos por hurto

Participó la Dirección de Investigaciones de la Jefatura de Policía de Flores

El día 11 de setiembre del corriente año Centro Comando Unificado toma conocimiento por línea 911 del hurto en un local comercial ubicado en la zona Oeste de la ciudad. Por lo que se envió en forma inmediata al lugar personal del Grupo de Reserva Táctica, donde son alertados por una persona, que observó a dos hombres saltar por encima de un muro del comercio, retirándose los mismos del lugar con una batería.

En el lugar se realizó inspección con el propietario del comercio, constatando el hurto de una batería.

Por lo cual en forma inmediata el personal de la dependencia antes mencionada ubica a dos hombres de 21 y 23 años a 4 cuadras del lugar con la batería, procediéndose a su detención.

De acuerdo a lo que antecede el personal de la Unidad de Investigaciones puso en conocimiento a Fiscalía Letrada Departamental, continuando con la investigación bajo su dirección, obteniéndose elementos probatorios que determinaron la presencia de los dos hombres en el lugar del hecho, habiendo hurtado la batería.

Una vez finalizadas las instancias judiciales el día 12 de setiembre el Magistrado actuante dispuso la condena del hombre de 21 años como autor penalmente responsable de un delito de hurto, a la pena de tres meses de prisión que se cumplirá bajo el régimen de libertad a prueba, ésto es residencia en un lugar determinado donde sea posible la supervisión por la Dirección Nacional de Medidas Alternativas; sujeción a la orientación y vigilancia permanente de la referida oficina; presentación una vez por semana en la seccional correspondiente al domicilio fijado y prestación de servicios comunitarios con carga semanal de al menos dos horas, con descuento de la preventiva cumplida.

Por otra parte el Magistrado actuante dispuso téngase por formalizada la investigación seguida por la Fiscalía Departamental de Flores respecto al hombre de 23 años por la comisión de un delito de hurto en calidad de autor, disponiéndose como medida cautelar del imputado fijar domicilio y no modificarlo sin dar inmediato conocimiento a la Sede y su arresto domiciliario nocturno en el horario de 22:00 a 06:00, debiendo éste portar dispositivo de monitoreo electrónico por el plazo de 180 días.

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