![Migración-Canceillería](/download/multimedia.normal.a00fd34dd4dc85bd.TWlncmFjacOzbi1DYW5jZWlsbGVyw61hX25vcm1hbC53ZWJw.webp)
El mismo, permitirá a aquellas personas extranjeras que, a la fecha de publicación del decreto, sean solicitantes de refugio y hubieran ingresado regularmente al territorio nacional y tengan una permanencia en el país superior a 180 días, puedan acceder a una residencia especial por motivos de arraigo laboral, familiar o de formación o estudio.