Dicho documento fue aprobado mediante la Resolución Ministerial Nº 1224/024 y se encuentra disponible en la web del Ministerio de Ambiente (MA).
Uruguay camino al Plan Nacional de implementación de los Derechos de Acceso en asuntos ambientales
El pasado 5 de noviembre de 2024, el ministro de Ambiente, Robert Bouvier, aprobó el documento que constituye la “Ruta para la implementación del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe en Uruguay” (Acuerdo de Escazú). En este marco, se aprobaron también los objetivos y acciones prioritarias que conforman el Plan Nacional de Implementación de los Derechos de Acceso en asuntos ambientales.
El anuncio público de la aprobación de la hoja de ruta camino al Plan Nacional se realizó en la sede del Ministerio de Ambiente (MA) el 18 de noviembre, con la presencia del ministro interino, Gerardo Amarilla; el gerente del Área Jurídica del MA y Punto Focal Nacional del Acuerdo de Escazú, Marcelo Cousillas; y Carlos de Miguel, representante de CEPAL.
El Plan Nacional de Implementación plantea una serie de objetivos y propone una serie de acciones consideradas prioritarias, con un horizonte hacia 2030, para la implementación de los derechos de acceso en asuntos ambientales.
“Celebramos contar con una hoja de ruta con hitos y objetivos claros a cumplir”, señaló el ministro (i ) Gerardo Amarilla, quien además lo destacó entre las herramientas claves de participación pública en temas ambientales con las que cuenta nuestro país, aludiendo entre otras a la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental, que está cumpliendo 30 años y que prevé la participación de la ciudadanía en los procesos de autorización .
Algunos de los objetivos que conforman el Plan Nacional de Implementación en relación al acceso a la información tienen que ver con: profundizar en la información activa en asuntos ambientales, anticipándose a requerimientos; fortalecer la capacidad para dar cumplimiento de las solicitudes recibidas; implementar un registro de emisiones y transferencia de contaminantes al aire, el agua, el suelo y el subsuelo, así como de materiales y desechos bajo la jurisdicción nacional; entre otros.
Respecto al acceso a la justicia en asuntos ambientales, uno de los objetivos apunta a incorporar instrumentos jurídicos para mejorar los procesos colectivos ambientales, de conformidad con las disposiciones del Acuerdo de Escazú. Otro de los objetivos apuesta a mejorar las posibilidades de sanción, reparación y recomposición en los casos de daño al ambiente; entre otros.
Otras líneas de abordaje contenidas en la hoja de ruta están vinculadas a: la participación púbica en los procesos de toma de decisiones ambientales; la protección de las personas defensoras de los derechos humanos en asuntos ambientales en el ámbito del Acuerdo de Escazú; y la cooperación con otros Estados Partes.
La implementación del Acuerdo de Escazú será un proceso progresivo que deberá adecuarse a las capacidades nacionales; contemplar la participación de diferentes actores, entre ellos: sociedad civil, academia, sector privado, las organizaciones locales, en vínculo con los actores públicos implicados. El propio documento recoge también la necesidad de armonizar algunos aspectos el marco normativo vigente hoy en nuestro país, con las disposiciones establecidas en el propio Acuerdo.
La hoja de ruta para la implementación del Acuerdo de Escazú, fue elaborada por el MA como autoridad nacional y punto focal, y contó con el apoyo de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), en su calidad de Secretaría del Acuerdo. Recoge los aportes recibidos durante la etapa de consulta pública y otros provenientes del Grupo de Trabajo en Derechos de Acceso de la Comisión Técnica Asesora para el Medio Ambiente (Cotama), integrado por representantes de entidades públicas, privadas, académicas y de la sociedad civil.
Más información sobre el Acuerdo de Escazú y el proceso de implementación en Uruguay
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